La AFIP estableció el siguiente cronograma de utilización obligatoria de la facturación electrónica o del controlador fiscal para los monotributistas, que ya está llegando a su fin:
– Las categorías D a K: ya están obligados a emitir factura electrónica
– Categoría C: desde el 1 de febrero de 2019
– Categoría B: desde el 1 de marzo de 2019
– La última en sumarse Categoría A: desde el 1 de abril de 2019
Es decir, a partir del primer día del mes de abril, todos los monotributistas son alcanzados por esta ley. Y deberán comenzar a emitir su facturación electrónica a consumidores finales a través de medios electrónicos, independientemente de la categoría que revista el sujeto adherido al Monotributo.
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